
Ayudas dirigidas a los Consorcios de las misiones científicas del Principado de Asturias
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Información
Plazo
Desde el día natural siguiente al de la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, hasta las 14:00 horas del día 12 de septiembre de 2025, hora peninsular en España.
Finalidad
La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para que consorcios integrados por distintos agentes del Sistema Asturiano de Ciencia y Tecnología desarrollen una propuesta de intervención con la que van a contribuir a abordar misiones científicas orientadas a los retos de la Estrategia de Especialización Inteligente (recogidos en el anexo de esta convocatoria) y ejecuten un proyecto piloto vinculado a las temáticas de dichas misiones.
La finalidad de estas ayudas es que cada consorcio elabore el diseño de la misión, estableciendo metas y objetivos específicos medibles, una hoja de ruta para su implementación, las acciones que ejecutará y una cartera de proyectos de I+D+i para impulsar. Asimismo, deberán desarrollar un proyecto piloto que contribuya al logro del objetivo y/o resultado de la misión.
Cuantía
La cuantía total máxima autorizada para financiar la presente convocatoria de ayudas en el ejercicio 2025 será de ochocientos mil euros (800.000 €), con cargo al presupuesto de la Agencia, cuantía que ha sido autorizada por Resolución del Presidente de la Agencia de 27 de mayo de 2025. La financiación procede del propio presupuesto de la Agencia, pudiendo ser cofinanciadas las ayudas por la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).
Beneficiarios
Organismos públicos de investigación de la Administración General del Estado definidos en el artículo 47 de LCTI, universidades públicas, sus departamentos e institutos universitarios, otros centros públicos de I+D como organismos públicos y centros con personalidad jurídica propia dependientes o vinculados a la Administración General del Estado, y los dependientes o vinculados a las administraciones públicas territoriales y sus organismos, o participados mayoritariamente por el sector público, cualquiera que sea su forma jurídica, entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud, o participadas por la Administración Pública, que desarrollen actividad investigadora, centros tecnológicos y centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal, las empresas que tengan uno o más empleados por cuenta ajena o socios de la empresa cuya relación con ella pueda calificarse como laboral (en ambos casos, a tiempo completo o equivalente) y consorcios, agrupaciones o asociaciones empresariales que realicen entre sus actividades proyectos y actuaciones de I+D+i.
Presentación telemática
Estado
Convocatoria Abierta y en ejecucion
Para la gestión de esta convocatoria la Agencia Sekuens cuenta con la colaboración técnica de la Fundación para el Fomento en Asturias de la Investigación Científica y la Tecnología (FICYT), en el marco del Convenio entre SEKUENS y FICYT para la Colaboración Técnica en la Gestión de Subvenciones de I+D+i.
Correo de contacto para dudas: misiones@ficyt.es
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Legislación
Bases Reguladoras – BOPA n.º 134 de 10 de julio de 2024
Resolución de Convocatoria Sekuens – 24 de junio de 2025
Corrección de errores detectados en la convocatoria ( 2 de julio de 2025) – 02 de julio de 2025
Extracto Convocatoria – Boletín Nº 128 del viernes 04 de julio de 2025
Anexo. Campos de especialización prioritarios en la Asturias S3. – -
Resolución de Concesión – Boletín Nº 9 del jueves 15 de enero de 2026
- Solicitud
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Justificación
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Media
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FAQS
1 de 30 <p>NOTA INFORMATIVA</p>
<div class="alert alert-primary" role="alert"> <p>Se advierte a los interesados que el documento de solicitud contiene un error material en lo relativo a la presentación del formulario denominado “Datos del proyecto”.</p> <p>En dicho documento se indica incorrectamente que este formulario debe ser presentado únicamente por la entidad líder del proyecto.</p> <p>De conformidad con lo establecido en la convocatoria y en la aplicación de solicitud telemática, el documento “Datos del proyecto” deberá ser presentado <strong>por todas las entidades solicitantes que formen parte del consorcio</strong>, y no exclusivamente por la entidad líder</p> </div>
2 de 30 <p>¿Es necesario aportar todos lo documentos al presentar la solicitud o es suficiente con presentar los que no son subsanables?<br><br></p>
<p>Es necesario presentar todos los documentos al realizar la solicitud, el sistema así lo requiere. Aquellos que son subsanables, si no están completos, se requerirán a lo largo del procedimiento.<br>Cualquier pregunta sobre tramitación de la solicitud en el registro pueden hacerla en el 985 10 19 10: opción 1 de tramitación, opción 2 de información.</p>
3 de 30 <p>Duda con respecto al apartado de Localización de las inversiones o gastos en el Excel de Datos Generales. El proyecto que vamos a presentar se desarrolla en varios concejos, pero en el Excel no da lugar a indicar varias ubicaciones. ¿Indicamos una de ellas, o que cada miembro indique la ubicación de su sede?<br><br></p>
<p>Cada solicitante debe indicar la localización donde realizará su parte de la actuación. Si tuviera varios centros, indicará el que considere que tiene más peso en la actuación.</p>
4 de 30 <p>¿Podrían confirmarnos si para esta convocatoria se aplica, para todas las entidades, el Reglamento 2023/2832 (para empresas que prestan servicios de interés económico general), y no se aplica el Reglamento 2023/2831 en ningún caso?.<br><br></p>
<p>Efectivamente tanto en la convocatoria (resuelvos segundo y cuarto), como en los impresos aparecen el Reglamento (UE), Nº 2023/2831 y el Reglamento (UE), Nº 2023/2832.<br>Se aplicará el reglamento correspondiente a ayudas de minimis generales o el de servicios de interés económico general, según corresponda a la actividad.<br>Se publicará corrección de errores de la convocatoria.</p>
5 de 30 <p>En la convocatoria se indica que la memoria técnica debe presentarse firmada electrónicamente. ¿Quién o quiénes deben firmar el documento?</p>
<p>En la convocatoria no se especifica, por lo que será suficiente con que lo firme la entidad que debe presentarlo, es decir la empresa que haya sido designada líder del proyecto.</p>
6 de 30 <p>¿El IAE y el CNAE del proyecto es coincidente con el que tenga la entidad líder solicitante?<br><br></p>
<p>Se trata de identificar el IAE y CNAE más relacionados con la actividad principal que desarrollará en el marco del proyecto.</p>
7 de 30 <p>Necesitábamos que nos concretaran si los costes de los seguros sociales del personal investigador implicado en la propuesta son elegibles.<br><br></p>
<p>En esta convocatoria las cotizaciones a la Seguridad Social no son subvencionables.</p>
8 de 30 <p>En el documento “Datos del proyecto”, sólo es posible seleccionar una concordancia con la Estrategia de Especialización Inteligente (S3). ¿Qué ocurre si la propuesta aborda más de un reto de la S3?</p> <p> </p>
<p>Las propuestas pueden tener relación con más de un ámbito de la S3, lo cual es plenamente admisible en la convocatoria. No obstante, al cumplimentar el documento “Datos del proyecto” deberá elegirse aquella área en la que la propuesta tenga un mayor peso. En el campo habilitado para Indicar de qué forma contribuye el proyecto a la consecución del reto indicado, podrá detallar la relación tanto con el reto seleccionado como con otros ámbitos con los que guarde vinculación.</p> <p> </p>
9 de 30 <p>No vemos en la convocatoria, dentro del artículo de los gastos elegibles nada referente a gastos de desplazamiento; ¿son elegibles?. Sería, por ejemplo, para realizar actividades de investigación de un socio en las instalaciones de otro.oria.</p>
<p>Los gastos de desplazamiento no son subvencionables en esta convocat</p>
10 de 30 <p>Salvo error por nuestra parte, el archivo Excel “Datos del proyecto” que, de acuerdo con el resuelvo 8º.8.b) se presenta únicamente por parte de la entidad coordinadora, no permite asignar los costes identificados a cada uno de los miembros del consorcio. ¿Es esto correcto?<br><br></p>
<p>Es posible que la consulta se base en la redacción incluida en la versión inicial de la convocatoria publicada. No obstante, debe tenerse en cuenta que, mediante la Resolución de 2 de julio de 2025, publicada posteriormente como corrección de errores, se modificó el contenido afectado.<br>En resumen, todos los miembros del consorcio deben presentar:<br>a. Solicitud y la documentación que en él se indica <br>b. Datos generales <br>c. Datos del Proyecto <br>e. Declaración de Ausencia de Conflicto de Intereses (DACI)<br>La empresa que haya sido designada líder del proyecto aportará además:<br>d. Memoria Técnica<br>f. Acuerdo de Consorcio.</p>
11 de 30 <p>El índice de la memoria requiere en su apartado E.2 que se presente un presupuesto de la solicitud con unos desgloses que se corresponden, al menos en parte, con lo recogido en la Excel. ¿Es necesario repetir en la memoria dicho desglose?<br><br></p>
<p>Se recomienda que la memoria del proyecto mantenga la estructura establecida en el índice y recoja de manera completa la información solicitada en cada uno de sus apartados. En este sentido, aunque parte de los desgloses económicos se aporten ya en el documento Excel, resulta conveniente que se incluyan igualmente en la memoria, con el fin de garantizar su coherencia y facilitar una correcta evaluación de la propuesta.</p>
12 de 30 <p>La definición de lo que constituye la Misión es clave para orientar la propuesta de intervención. Solicitamos información al respecto.</p>
<p>En convocatorias anteriores, las Misiones científicas fueron definidas directamente por la Administración, debiendo los consorcios presentar sus propuestas en torno a ellas. Sin embargo, en la presente convocatoria no se establecen de antemano las misiones específicas. Corresponde a cada consorcio elaborar el diseño de la Misión científica, asegurando que ésta se enmarque en la Estrategia de Especialización Inteligente (S3) y cumpla con la definición de Misión científica recogida en las Bases Reguladoras generales aplicables a estas convocatorias:<br>3.43. Misión Científica: Conjunto de iniciativas para brindar soluciones a problemas concretos que diferentes sectores pueden abordar para enfrentar un desafío. Las misiones, que deben tener una dirección clara y ser medibles y limitadas en el tiempo, tienen como objeto estimular el desarrollo de una gama de diferentes soluciones para alcanzar el objetivo, pero no especifican cómo alcanzar el éxito. Las misiones han de ser interdisciplinares e intersectoriales, ambiciosas pero realistas, permitiendo brindar múltiples soluciones de abajo hacia arriba.</p>
13 de 30 <p>Una entidad beneficiaria destina al proyecto el trabajo de un personal asalariado con la categoría profesional de técnico especializado, si bien en función del Convenio aplicable, dicha categoría profesional no tiene asignado un grupo de cotización 3, sino inferior. ¿Sus costes tienen el carácter de gasto subvencionable?.<br><br></p>
<p>Para ser subvencionables, los gastos de personal deberán referirse a investigadores y técnicos con categoría profesional incluida en los grupos de cotización 1, 2 o 3.</p>
14 de 30 <p>Personal de una entidad beneficiaria (autónomo societario) tienen la consideración de profesional liberal, por lo que, si bien desarrolla su actividad profesional dentro de la SL beneficiaria, percibe su remuneración en virtud de factura, en lugar de en virtud de nómina. Este socio participará en el proyecto con su trabajo personal ¿Sus costes tienen el carácter de gasto subvencionable? En caso de que su coste no fuera subvencionable siendo el beneficiario la SL, ¿lo sería si el beneficiario directo fuese el propio socio?<br><br></p>
<p>En la Base reguladora 3.39 se define Relación laboral entre socio y empresa, indicando que esta relación se presume que existe cuando el socio sea retribuido mediante nómina o documento similar no sujeto al impuesto sobre el valor añadido.<br>En la Base reguladora 3.6 se define Empresa: toda entidad, independientemente de su forma jurídica, que ejerza una actividad económica. Dentro del concepto de empresa se entenderán incluidos los empresarios individuales/autónomos</p>
15 de 30 <p>En el documento "Datos del proyecto", en el apartado de costes a "activos fijos" hay que especificar en cada equipo que se va a adquirir el proveedor al que se adquiere; sin embargo, en nuestro caso, al tratarse de una administración pública y en cumplimiento de la normativa y de nuestros procedimientos internos hemos de solicitar al menos tres presupuestos a tres proveedores para cualquier gasto de suministro o servicio por importe superior a 5.000€, por tanto, hasta el momento de la compra no podemos saber previamente quien será el proveedor del mismo. ¿Cómo podemos hacer para cumplimentar el formulario?<br><br>En el supuesto de que en el momento de presentar la solicitud no se disponga aún del nombre del proveedor definitivo (por ejemplo, por encontrarse pendiente de un procedimiento de licitación), deberá hacerse constar esta circunstancia en el impreso de solicitud, indicándolo en la casilla correspondiente a “Proveedor”.</p>
<p>En el supuesto de que en el momento de presentar la solicitud no se disponga aún del nombre del proveedor definitivo (por ejemplo, por encontrarse pendiente de un procedimiento de licitación), deberá hacerse constar esta circunstancia en el impreso de solicitud, indicándolo en la casilla correspondiente a “Proveedor”.</p>
16 de 30 <p>¿Son elegibles los gastos por uso de servicios científico-técnicos de nuestra entidad?. Concretamente lo pregunto, porque en nuestro caso no se emiten facturas para su pago de forma interna, sino que se emite una "nota interna de cargo" y no hay un movimiento real de dinero entre cuentas, sino que se hacen modificaciones de crédito.<br><br></p>
<p>A efectos de su justificación, y con excepción de los gastos correspondientes al capítulo de personal, únicamente serán subvencionables aquellos gastos que se acrediten mediante factura emitida por el proveedor y cuyo pago se haya realizado a través de una entidad financiera.</p>
17 de 30 <p>¿Qué documentos considerarán como válidos para la Acreditación de tener un centro de trabajo en Asturias en el que se desarrollarán las actividades subvencionadas?<br><br></p>
<p>Podrá presentarse cualquier documento oficial que permita acreditar de forma fehaciente la existencia del centro.</p>
18 de 30 <p>¿Qué documentos considerarán como válidos para la Acreditación del desarrollo de actividad relacionada con la temática elegida por el consorcio?<br><br></p>
<p>No existe un modelo documental normalizado para la acreditación del desarrollo de actividad relacionada con la temática elegida por el consorcio, dado que el tipo de documento a presentar dependerá de la naturaleza de las actividades previas realizadas por cada entidad.<br>Se recuerda, asimismo, que no resulta obligatorio que todos los miembros del consorcio acrediten dicha actividad previa; no obstante, su aportación será valorada como parte de la experiencia y adecuación de las entidades participantes al ámbito de la convocatoria.</p>
19 de 30 <p>¿Existe algún formato o modelo para la "Acreditación del desarrollo de actividad relacionada con la temática elegida por el consorcio" que debe aportar cada socio según se indica en el impreso de solicitud? <br><br></p>
<p>Si bien en la memoria del proyecto, de carácter común para todo el consorcio, cada entidad participante debe incluir una descripción de su experiencia en la temática de la misión, en el apartado específico del impreso de solicitud relativo a la “Acreditación del desarrollo de actividad relacionada con la temática elegida por el consorcio” podrá adjuntarse cualquier documento que permita acreditar la realización de actividades previas vinculadas con dicha temática.</p>
20 de 30 <p>En las bases de la convocatoria especifica que cada entidad tiene que presentar el documento de solicitud, datos generales, memoria y DACI. ¿Todos presentan la misma memoria general del proyecto? ¿Cada uno presenta una memoria con su contribución individual? En el caso de que cada uno presente una memoria individual ¿Quien presenta la memoria general del proyecto? ¿La entidad representante o la entidad líder?<br><br><br></p>
<p>Es posible que la consulta se base en la redacción incluida en la versión inicial de la convocatoria publicada. No obstante, debe tenerse en cuenta que, mediante la Resolución de 2 de julio de 2025, publicada posteriormente como corrección de errores, se modificó el contenido afectado, siendo esta última versión la que resulta de aplicación.</p>
21 de 30 <p>¿Las solicitudes se realizan de forma individual a través de la plataforma o puede la entidad representante o líder hacer una única solicitud con toda la documentación del resto de entidades?<br><br></p>
<p>Cada entidad presentará su propia solicitud</p>
22 de 30 <p>¿Cuál es la diferencia entre la entidad representante y la entidad líder del proyecto?<br><br></p>
<p>A efectos de esta convocatoria es lo mismo</p>
23 de 30 <p>La empresa a la que represento aceptó una subvención que cumpliría los 3 años unos días después de la presentación límite de Misiones Científicas. ¿Podría tener algún problema en la concesión por este hecho?<br><br></p>
<p>El límite máximo que marca el Reglamento de minimis se establece sobre ayudas concedidas; asimismo considera que las ayudas están concedidas en el momento en que se confiera a la empresa el derecho legal a recibir la ayuda, por lo que la fecha de cierre de la convocatoria no afectaría al periodo de tres años.</p>
24 de 30 <p>Existe un estudio previo de parte del proyecto que nos indica que puede tener un recorrido positivo de cara al desarrollo de futuros productos y a partir de el. ¿La misión puede dar continuidad a ese proyecto prexistente?</p>
<p>La existencia de proyectos de investigación previos en la entidad solicitante, no constituye una limitación ni un impedimento para la presentación de una solicitud en el marco de la presente convocatoria.</p> <p> </p>
25 de 30 <p>Si un socio del consorcio es un cluster, ¿puede participar como justificación de horas, con horas cedidas de un socio del mismo, o solo se puede computar las horas de personal contratado del propio cluster?</p>
<p>De conformidad con lo previsto en la convocatoria, serán subvencionables los gastos de personal propio de las entidades beneficiarias, siempre que cumplan con los requisitos establecidos.<br>En este sentido, los gastos de personal solo podrán considerarse elegibles cuando se refieran a personas contratadas directamente por la entidad beneficiaria mediante una relación laboral (incluidos, en su caso, los socios de la empresa cuya vinculación con la misma pueda calificarse como laboral).</p>
26 de 30 <p><strong>¿Están las entidades subcontratadas obligadas a firmar el acuerdo de consorcio y presentar toda la documentación administrativa de beneficiarios, aunque no reciben subvención?</strong></p>
<p>La obligación de suscribir el acuerdo de consorcio y de presentar la documentación administrativa exigida en la convocatoria recae exclusivamente sobre las entidades que ostenten la condición de beneficiarias de la ayuda.<br>No obstante, debe tenerse en cuenta que la actividad desarrollada por las entidades subcontratadas (entendida como la ejecución de una parte significativa y concreta de las actuaciones previstas en la actuación, distinta de la prestación de servicios puntuales o auxiliares) debe quedar suficientemente descrita y justificada en la memoria técnica de la solicitud.<br>Adicionalmente, y siempre que se estime pertinente, la participación de estas entidades subcontratadas podrá reflejarse en el acuerdo de consorcio, a título informativo o para reforzar la coherencia del planteamiento global del proyecto, especialmente cuando su intervención sea relevante para el cumplimiento de los objetivos de la actuación.</p> <p> </p>
27 de 30 <p><strong>¿La entidad líder del Consorcio sólo puede ser una empresa?</strong></p>
<p>Sí. La entidad líder del consorcio deberá ser una empresa, la cual actuará como representante de este a todos los efectos.</p>
28 de 30 <p><strong>En relación con el documento denominado "Datos del proyecto", y en particular con la pestaña de "Datos generales", quisiéramos saber si, como Universidad pública —y por tanto no considerada una empresa— estamos obligados a cumplimentar los datos que se solicitan sobre la actividad; productos, servicios o líneas de actividad; trayectoria de la empresa en I+D+i; relaciones societarias; sistemas de gestión ambiental; participación en clusters y responsabilidad empresarial.</strong></p>
<p>Los apartados específicamente vinculados a la actividad empresarial, tales como los relativos al Impuesto de Sociedades, volumen de ventas u otros indicadores económicos propios de empresas, no deberán ser cumplimentados por las universidades públicas u otras entidades que no desarrollen actividad económica en los términos definidos por la normativa comunitaria de ayudas de Estado.<br>No obstante, aquellos apartados que, sin ser exclusivamente empresariales, puedan resultar aplicables a entidades del sector público (como los relativos a sistemas de gestión ambiental, responsabilidad social corporativa, participación en plataformas tecnológicas, clústeres u otras redes de cooperación en I+D+i) deberán ser cumplimentados en la medida en que resulten de aplicación y reflejen la realidad de la entidad solicitante.</p>
29 de 30 <p><strong>Se solicita aclarar si es necesario que las entidades solicitantes, concretamente las empresas, tengan que cumplir con las medidas de lucha contra la morosidad independiente del importe de subvención solicitada o si por el contario este requisito solo se comprobará si la empresa solicita una subvención por importe superior a 30.000 €</strong></p>
<p>Por un lado está la condición para ser entidad beneficiaria: aquellas empresas que obtengan una subvención superior a 30.000 €, deberán acreditar el cumplimiento de los plazos de pago previstos en la Ley 3/2004.<br>Por otro lado está la elegibilidad del gasto: para ser admisible, el pago de cada gasto justificado deberá haber sido abonado en los plazos establecidos en el artículo 4 de la Ley 3/2004.</p>
30 de 30 <p><strong>Se solicita información sobre las misiones especificas a las que deben enfocarse las actuaciones que se presenten a la convocatoria misiones científicas</strong></p>
<p>Las misiones específicas no están definidas por la convocatoria. Cada Consorcio debe elaborar el diseño de la Misión, estableciendo metas y objetivos específicos medibles, una hoja de ruta para su implementación, las acciones que ejecutará y una cartera de proyectos de I+D+i para impulsar.<br>Las Misiones deben abordar uno o varios retos vinculados a los Ámbitos de Especialización establecidos en la Estrategia de Especialización Inteligente (Ver anexo de la convocatoria).</p>
