Trilogo

Subvenciones para grupos de investigación de organismos del Principado de Asturias, ejercicio 2026.

  • Plazo

    El plazo de presentación de solicitudes a la convocatoria pública de estas ayudas, será desde el día natural siguiente a la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, hasta las 14:00 horas del 14 de septiembre de 2026, hora peninsular en España.

    Finalidad

    El objeto de la presente convocatoria es la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a organismos de investigación que desarrollen su actividad en el Principado de Asturias, para financiar los costes asociados a las actividades de I+D+i que desarrollen sus grupos de investigación en cualquier área del conocimiento que se agruparán en las siguientes categorías:

    • Categoría 1: Integrada por las áreas de Ciencias, Ciencias de la Salud, Ingeniería y Arquitectura.

    • Categoría 2: Integrada por las áreas de Arte y Humanidades y Ciencias Sociales y Jurídicas.

    Se pretende dotar a los grupos de investigación de una financiación estable con el fin de reconocer y promover la investigación de calidad, la transferencia de conocimiento y la internacionalización de sus actividades científicas, dinamizando el desarrollo de sus líneas de investigación e incrementando su potencial para acceder a fuentes de financiación externa competitiva. En concreto se subvencionarán desarrolladas en las dos modalidades de grupos siguientes:

    • Grupos de Investigación Emergentes (GIE).

    • Grupos de Investigación Consolidados (GIC).

    Cuantía

    La cuantía total máxima para financiar la presente convocatoria de subvenciones es de ocho millones de euros (8.000.000,00 €), distribuidos en dos anualidades:

    • 4.000.000,00 €, con cargo al presupuesto de 2026.

    • 4.000.000,00 €, con cargo al presupuesto de 2027.

    Estas ayudas podrán ser cofinanciadas por la Unión Europea a través del FEDER, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 3 de la base reguladora sexta, aquellas solicitudes que se enmarquen en el Programa Operativo FEDER de Asturias deberán estar encuadradas en los ámbitos y retos definidos en la Estrategia S3, recogidos en el anexo de esta convocatoria.

    Excepcionalmente, podrá fijarse una cuantía adicional por importe máximo de 4.000.000,00 €.

    Beneficiarios

    — Organismos públicos de investigación de la Administración General del Estado definidos en el artículo 47 de LCTI.

    — Universidades públicas, sus departamentos e institutos universitarios, de acuerdo con lo previsto en la LOSU inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, creado por el Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos.

    — Otros centros públicos de I+D: organismos públicos y centros con personalidad jurídica propia dependientes o vinculados a la Administración General del Estado, y los dependientes o vinculados a las administraciones públicas territoriales y sus organismos, o participados mayoritariamente por el sector público, cualquiera que sea su forma jurídica.

    — Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas vinculadas o concertadas con el Sistema nacional de Salud, o participadas por la Administración Pública, que desarrollen actividad investigadora.

    Presentación telemática

    Solicitud telemática

    Estado

    Convocatoria Cerrada

    Para la gestión de esta convocatoria la Agencia Sekuens cuenta con la colaboración técnica de la Fundación para el Fomento en Asturias de la Investigación Científica y la Tecnología (FICYT), en el marco del Convenio entre SEKUENS y FICYT para la Colaboración Técnica en la Gestión de Subvenciones de I+D+i

  • Bases Reguladoras – – Boletín Nº 134 del miércoles 10 de julio de 2024


    Extracto de la convocatoria – Boletín Nº 136 del jueves 16 de julio de 2026


    Convocatoria – Boletín Nº 136 del jueves 16 de julio de 2026


  • Puedes escribir varias palabras. La búsqueda se realiza en la pregunta y en la respuesta.
    50 preguntas frecuentes

    Además de la sede electrónica de SEKUENS, para el envío de la solicitud pueden utilizar Red SARA o cualquiera de los previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Los artículos que tras la revisión por pares están aceptados pero que todavía no han sido asignados a un volumen o número específico de la revista, pero sí tiene DOI asignado ("articles in press") son méritos válidos para esta convocatoria.

    1. entre los requisitos que aparecen en la convocatoria para demostrar la trayectoria conjunta no aparecen las comunicaciones a congresos científicos, aunque sí se incluyen en la memoria de actividades. 
    2. para demostrar la producción científica conjunta se requiere coautoría de dos miembros doctores del grupo de investigación en artículos, capítulos de libro o combinación de ambos formatos.

    Uno de los requisitos que establece la convocatoria es esa producción científica conjunta. Si no se cumple es motivo de exclusión.  

    En el apartado de transferencia sólo se deben incluir patentes. La transferencia a través de contratos con empresas tiene un apartado específico. Otro tipo de acciones de transferencia no computan a efectos de evaluación de esta convocatoria.

    NO es necesario adjuntar acreditación de los méritos. Este aspecto, para evitar confusión, se ha comunicado a todos los representantes de las entidades beneficiarias, se ha corregido en los formularios descargables y se ha incluido en el documento de FAQs.

    No existe ninguna restricción en cuanto a lo que comenta respecto a la figura IP.

    No hay ningún problema en transferir esa partida de dinero a la segunda anualidad. La justificación obligatoria de la convocatoria es al finalizar el período de la ayuda.

    A efectos de esta convocatoria todos los miembros del grupo de investigación deben estar vinculados a un centro ubicado en el Principado de Asturias. 

    En la práctica, los grupos de investigación del CSIC son estructuras internas de los diferentes centros/institutos, por lo que, a efectos de esta convocatoria, cada grupo de investigación del CSIC está asociado a un centro, considerado este como una entidad beneficiaria independiente.   De acuerdo con lo recogido en el resuelvo duodécimo de la convocatoria, los grupos de investigación consolidados "deben estar formados por un mínimo tres doctores vinculados a la entidad solicitante a tiempo completo."   Asimismo, "cuando su contribución sea esencial para la viabilidad de proyecto, los grupos de investigación podrán contar con personal investigador vinculado a otros organismos de investigación distintos del solicitante. Este personal se denominará Investigador Asociado y deberá estar vinculado a alguna de las entidades mencionadas en el resuelvo quinto y que desarrollen su actividad en el Principado de Asturias. A efectos del cumplimiento de los requisitos mínimos de participación en la presente convocatoria, únicamente se computarán como miembros del grupo de investigación aquellos investigadores e investigadoras con vinculación contractual vigente con la entidad solicitante o aquellos Investigadores Asociados descritos en el punto anterior."

    En la Memoria de propuesta de actividades y objetivos del grupo de investigación debe incluirse una relación de máximo 15 publicaciones destacadas del grupo, pero en este caso no son necesariamente publicaciones conjuntas de dos de los miembros doctores del grupo de investigación tal y como se solicita para cumplir requisitos y en la memoria de trayectoria y méritos del grupo de investigación. Lo mismo se aplica para el caso de las ponencias en congresos.  

    En esta nueva convocatoria no es necesario adjuntar la documentación acreditativa de los méritos declarados en los formularios 4 (Trayectoria y méritos del grupo) y 5 (propuesta de actividades y objetivos del grupo) en el momento de presentación de solicitudes. 

    En relación con su consulta y en relación con las patentes válidas para acreditar los méritos del grupo de investigación en el período a evaluar son válidas las patentes con fecha de registro posterior a 1 de enero de 2022 o bien patentes concedidas y en vigor a fecha de cierre de la convocatoria con independencia de la fecha en la que se hayan registrado.

    Tal y como establece la convocatoria, cuando su contribución sea esencial para la viabilidad de proyecto, los grupos de investigación podrán contar con personal investigador vinculado a otros organismos de investigación distintos del solicitante. Este personal se denominará Investigador Asociado y deberá estar vinculado a alguna de las entidades mencionadas en el resuelvo quinto y que desarrollen su actividad en el Principado de Asturias.   De acuerdo con el resuelvo quinto aquí mencionado, las empresas no se encuentran recogidas como entidad beneficiaria de estas ayudas.

    Todos los artículos aquí incluidos deben ser artículos científicos completos (con introducción, metodología, resultados y discusión) y enviados de manera individual al proceso de revisión por pares de la revista. Esto incluye volúmenes especiales de congresos en revistas científicas indexadas y que se someten a la revisión por pares habitual en la revista, pero no los libros de resúmenes de congresos que se publican como suplemento en revistas científicas.   

    Los proyectos concedidos con fecha posterior a 01 de enero de 2022 no son válidos como mérito a efectos de esta convocatoria salvo si aún están vigentes en fecha de cierre del plazo de solicitud. El mencionado proyecto sólo sería válido para demostrar la trayectoria conjunta del grupo, pero nunca para cumplir los requisitos exigido en la convocatoria o como mérito de actividad científica a valorar en el período determinado en la misma.

    Los proyectos regionales competitivos son válidos al igual que los nacionales o europeos. Lo indispensable es que su financiación se haya conseguido en convocatorias de concurrencia competitiva. 

    NO es necesario presentar documentación acreditativa de los méritos alegados en la solicitud.

    La producción de transferencia se refiere a patentes y derechos de explotación de resultados.

    Las acciones que comenta tales como exposiciones, conciertos, comisariados o proyectos de transferencia cultural... entrarían en el apartado 5.4. Divulgación científica e impacto social del documento Memoria de trayectoria y méritos del grupo de investigación.

    Tal y como se recoge en el documento de la convocatoria de subvenciones a grupos de investigación de organismos del Principado de Asturias  2026, los Investigadores asociados deben estar vinculados a alguna de las entidades mencionadas en el resuelvo quinto y desarrollar su actividad en el Principado de Asturias. La colaboración en un proyecto de la convocatoria anterior no implica que desarrollen aquí parte de su actividad.

    En el caso de que algún gasto previsto para suministros, prestación de servicios o asistencia técnica superase los 15.000 €, salvo que se trate de un Centro Tecnológico vinculado que cumpla lo establecido en la Orden CIN/310/2021 de 30 de marzo, se deberá aportar:

    • Al menos tres ofertas de entidades no vinculadas entre sí, según lo establecido en el artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, sobre gastos subvencionables), salvo que por las especiales características de los gastos subvencionables no exista en el mercado suficiente número de entidades que lo suministren o lo presten. La elección entre las ofertas presentadas se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía, debiendo justificarse expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.

     

    Por otro lado, en el caso de contratación con persona o entidad vinculada, salvo que se trate de un Centro Tecnológico vinculado que cumpla lo establecido en la Orden CIN/310/2021 de 30 de marzo, se deberá aportar:

    • Al menos tres ofertas de entidades no vinculadas entre sí, de la actividad a subcontratar o acreditación de contratación en condiciones de mercado de alguno de los modos previstos en el artículo 33 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

     

    De igual forma, recordar que en caso de subcontratación de la actividad subvencionada por importe igual o superior al 20% de la subvención solicitada y dicha subvención ascienda a más de 60.000 €, se deberá aportar:

    • Borrador del contrato de subcontratación previsto en el que se detallen al menos las actividades a desarrollar en el marco del mismo y el desglose del presupuesto correspondiente.

    No, no es preciso enviar ningún presupuesto

    Tal y como consta en el apartado  8.2.d) del resuelvo duodécimo de la convocatoria, uno de los requisitos para los GIC al respecto de la producción es que durante el período que va desde el 01/01/2022 hasta el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes, dos de los miembros doctores del grupo de investigación hayan publicado conjuntamente al menos 10 artículos, 10 libros o capítulos o una combinación de ambos, no siendo admisibles publicaciones en las que no se acredite esa publicación conjunta.

    Como “comunicaciones a congresos científicos” se entiende: Ponencias invitadas, comunicaciones orales y póster.

    El Journal Impact Factor publicado en el JCR es un indicador válido

    Puede considerarse publicación conjunta.

    Sí. Los sexenios de transferencia son tramos de investigación válidos conforme a esta convocatoria.

    Las publicaciones firmadas por dos doctores del grupo, pero no necesariamente siempre los mismos doctores.

    Si el doctor miembro del grupo de investigación es director de la Tesis y puede acreditarlo, es independiente de la universidad en que se realice esa Tesis.

    Tal y como indica el resuelvo 5 en su punto 2, “Las Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas vinculadas o concertadas con el Sistema nacional de Salud, o participadas por la Administración Pública, que desarrollen actividad investigadora podrán presentar solicitudes para grupos de investigación formados por investigadores vinculados a alguna de las INSTITUCIONES PÚBLICAS  firmantes de su convenio de constitución.” 

    La referencia de investigadores vinculados a una entidad distinta, se refiere a una entidad de las que pueden ser beneficiarias, y no sería el caso de las empresas o spin-off.

    Las patentes, independientemente de que sean nacionales o internacionales, deben estar registradas y CONCEDIDAS. La mera solicitud de una patente no será valorada.

    En este caso se trata de una propuesta de resolución provisional en la que hay que esperar a que se eleve a definitiva para que el proyecto sea concedido (artículos 10 y 11 de la convocatoria).

    Las patentes una vez concedidas requieren el pago de anualidades para su mantenimiento. En caso contrario, vencido el plazo de gracia (6 meses), las patentes caducan de pleno derecho y pasan a dominio público, dejando de pertenecer a los autores y por tanto al grupo de investigación.

    Este caso sería asimilable al de personas beneficiarias de convocatorias de ayudas públicas para la contratación de recursos humanos para I+D+i en concurrencia competitiva, plurianuales y renovables con carácter anual (no existe fecha de finalización fijada a priori), en cuyo caso se considerará que la vinculación se extiende hasta el periodo máximo posible a renovar. En el caso concreto propuesto, la vinculación se extenderá hasta el plazo máximo establecido para la finalización del proceso de selección para su cobertura definitiva.

     

    No es obligatorio estar registrado en REDOCAD.  La documentación que menciona para acreditar la representación legal de la entidad es correcta y suficiente.
     

    Este año la convocatoria tendrá una mayor flexibilidad de modo que el dinero de cada partida puede ejecutarse en el período de la ayuda sin estar limitado a anualidades.

    El mérito citado se refiere a convocatorias de recursos humanos en las que uno de los requisitos para concurrir es tener el título de Doctor por lo que las becas Severo Ochoa predoctorales y FPU no son consideradas similares a efectos de esta convocatoria.

    En este caso, al ser la EBT una entidad privada y por tanto entidad no beneficiaria en esta convocatoria, la persona vinculada a la misma no computa como miembro del grupo de investigación.

    Tal y como aparece en el apartado de Producción correspondiente se deben cumplimentar los cuadros que correspondan para acreditar la producción mínima requerida en función de la modalidad (GIE/GIC), realizada por los miembros doctores del grupo de investigación entre 1 enero de 2022 y el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes. En el caso de GIC son 10 publicaciones conjuntas posteriores al 01/01/2022.

    No habría problema. La contratación de personal la lleva a cabo la entidad beneficiaria de acuerdo a su procedimiento habitual. Esta ayuda cubre los salarios y cuotas de la Seguridad Social derivados de la contratación de personal investigador y/o personal técnico de acuerdo con la normativa laboral vigente conforme al apartado 3 del resuelvo decimotercero de esta convocatoria, así como el importe de la liquidación final cuando el contrato haya sido financiado íntegramente con cargo a estas ayudas

    Tal y como bien indicado en el documento de “memoria de actividades y objetivos del grupo de investigación” las partidas de gasto se dividen en i) Personal, ii) activos y funcionamiento y iii) costes indirectos. El apartado ii) incluye todas las partidas descritas en el resuelvo decimotercero, punto 1, con lo que el resto de gastos subvencionables en esta ayuda estarían incluidos en esta partida. 

    Tal y como aparece en el resuelvo duodécimo, punto 6 “En el caso de personas beneficiarias de convocatorias de ayudas públicas para la contratación de recursos humanos para I+D+i en concurrencia competitiva, plurianuales y renovables con carácter anual, se considerará que la vinculación se extiende hasta el periodo máximo posible a renovar.”

    El documento que debe firmar el representante legal de la entidad, es efectivamente el de solicitud. La presentación en el registro electrónico la puede hacer el responsable del grupo con su certificado electrónico.

    La convocatoria de ayudas a grupos de investigación 2026 no contempla la participación como investigadores o investigadores asociados de personal que no esté vinculado laboralmente a entidades que desarrollen su actividad en el Principado de Asturias.

    En el apartado sexto del resuelvo duodécimo de la convocatoria se establece que:

    «Los grupos quedarán vinculados a la entidad a la que pertenezca la persona que figure como responsable del grupo».

    Asimismo, la convocatoria dispone que:

    «Cuando su contribución sea esencial para la viabilidad del proyecto, los grupos de investigación podrán contar con personal investigador vinculado a otros organismos de investigación distintos del solicitante. Este personal se denominará Investigador Asociado y deberá estar vinculado a alguna de las entidades mencionadas en el resuelvo quinto y que desarrollen su actividad en el Principado de Asturias».

    En consecuencia, el personal investigador perteneciente a entidades extranjeras o a entidades que no desarrollen su actividad en el Principado de Asturias no puede figurar como investigador asociado en el grupo de investigación, con independencia de su edad. Al no estar prevista su participación en dicha condición, tampoco resulta de aplicación el régimen de indemnización de los gastos de desplazamiento asociado a esta figura.

    En este punto (GIE), concretar dos cosas:

    • En el propio programa de atracción y consolidación de talento en España debe constar el compromiso de estabilización (debéis verificar en las bases del Miguel Servet que consta ese compromiso), y si no es así, no sería un programa elegible, y
    • La persona debe ser beneficiaria del propio programa, a tiempo completo hasta al menos el 31/12/2028.

    No es necesaria una vinculación mínima, pero sólo podrán figurar como miembros hasta la fecha de finalización de su vinculación actual y aquí recordarte que los requisitos mínimos exigidos, deben cumplirse durante todo el periodo de la convocatoria.

    En el caso de las entidades a las que se refiere el apartado 1.d) del resuelvo quinto, podrán incorporar como miembros del grupo a la personas que tengan vinculación con alguna de las instituciones con las disponga de un convenio para actividades de investigación.

    En el Impreso de la Memoria de Trayectoria ya no se solicita documentación acreditativa (si que lo podrás ver en el pdf de la resolución pero los impresos ya están actualizados)

    En el apartado sexto del resuelvo duodécimo de la convocatoria se determina que:

    “Los grupos quedarán vinculados a la entidad a la que pertenezca la persona que figure como responsable del grupo”.

    Por otro lado, también consta que “Cuando su contribución sea esencial para la viabilidad de proyecto, los grupos de investigación podrán contar con personal investigador vinculado a otros organismos de investigación distintos del solicitante. Este personal se denominará Investigador Asociado y deberá estar vinculado a alguna de las entidades mencionadas en el resuelvo quinto y que desarrollen su actividad en el Principado de Asturias”.

     

    No se han encontrado preguntas que coincidan con la búsqueda.
    Prueba con menos palabras o con un término más general.