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Trilogo

Subvenciones para grupos de investigación de organismos del Principado de Asturias. Ejercicio 2024

  • Plazo

    Hasta las 14:00 horas del 20 de septiembre de 2024, hora peninsular en España.

    Finalidad

    Concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a organismos de investigación que desarrollen su actividad en el Principado de Asturias, para financiar los costes asociados a las actividades de I+D+i que desarrollen sus grupos de investigación en el ejercicio 2024.

    Cuantía

    La cuantía total máxima para financiar la presente convocatoria de subvenciones en el ejercicio 2024 es de 7.500.000,00 €), con la siguiente distribución por anualidades:

    - 3.500.000,00 € con cargo al Presupuesto de 2024.

    - 4.000.000,00 € con cargo al Presupuesto de 2025.

    Beneficiarios

    Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas jurídicas que se relacionan a continuación:

    a) Organismos públicos de investigación de la Administración General del Estado definidos en el artículo 47 de LCTI.

    b) Universidades públicas, sus departamentos e institutos universitarios, de acuerdo con lo previsto en la LOSU inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, creado por el Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos.

    c) Otros centros públicos de I+D: organismos públicos y centros con personalidad jurídica propia dependientes o vinculados a la Administración General del Estado, y los dependientes o vinculados a las administraciones públicas territoriales y sus organismos, o participados mayoritariamente por el sector público, cualquiera que sea su forma jurídica.

    d) Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas vinculadas o concertadas con el Sistema nacional de Salud, o participadas por la Administración Pública, que desarrollen actividad investigadora.

    Las Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas vinculadas o concertadas con el Sistema nacional de Salud, o participadas por la Administración Pública, que desarrollen actividad investigadora podrán presentar solicitudes para grupos de investigación formados por investigadores vinculados a alguna de las instituciones públicas firmantes de su convenio de constitución.

    Presentación telemática

    Registro Agencia Sekuens

    Estado

    Convocatoria Abierta

  • Bases Reguladoras - Boletín Nº 134 del miércoles 10 de julio de 2024


    Convocatoria - Boletín Nº 154 del miércoles 07 de agosto de 2024


    Extracto convocatoria Grupos 2024 - Boletín Nº 154 del miércoles 07 de agosto de 2024


  • Pregunta: 1 de 43 / Publicada: 16/09/2024

    Mi consulta hace referencia a la elaboración del documento pdf con las justificaciones de los méritos. Al componer un pdf único que incluye documentos con firma digital convencional (DNI) las firmas digitales se borran por lo que los certificados aparecen sin firmar. Se puede solucionar si se hace un documento "cartera de pdfs" pero no sé si ese tipo de formato sería adecuado. Agradecería que me aclaren esta cuestión.

    Respuesta:

     En relación su consulta comentarle que sí es posible presentar la documentación bajo el formato de cartera de pdfs. Tan solo tenga en cuenta los requisitos de tamaño y número de ficheros correspondientes a cada apartado de la documentación: “En caso de que el documento supere los 7MB puede fraccionarlo en varios, como máximo 10 ficheros.”


    Pregunta: 2 de 43 / Publicada: 13/09/2024

    Tengo una duda en la cumplimentación del documento Excel asociado a los miembros del grupo, porque mi contrato de trabajo es temporal y la fecha de fin es “hasta que se desarrolle el correspondiente proceso selectivo”. La casilla de fecha de fin de contrato sólo admite una fecha. ¿Cómo puedo cumplimentar ese apartado del documento?

    Respuesta:

    Entendemos que dicho proceso selectivo tiene un plazo máximo de resolución. Sería un caso asimilable al de los investigadores pre y postdoctorales beneficiarios de ayudas públicas. Tal y como aparece en el resuelvo duodécimo, punto 6 “En el caso de personas beneficiarias de convocatorias de ayudas públicas para la contratación de recursos humanos para I+D+i en concurrencia competitiva, plurianuales y renovables con carácter anual, se considerará que la vinculación se extiende hasta el periodo máximo posible a renovar.”

     


    Pregunta: 3 de 43 / Publicada: 13/09/2024

    En relación con la flexibilidad en el presupuesto, ¿es posible realizar movimientos de fondos entre partidas que no afecten al personal y a los gastos indirectos (ya sabemos que no se pueden modificar las de personal que se hayan aprobado)?

    Respuesta:

    Tal y como bien indicado en el documento de “memoria de actividades y objetivos del grupo de investigación” las partidas de gasto se dividen en i) Personal, ii) activos y funcionamiento y iii) costes indirectos. El apartado ii) incluye todas las partidas descritas en el resuelvo decimotercero, punto 1, con lo que el resto de gastos subvencionables en esta ayuda estarían incluidos en esta partida. 


    Pregunta: 4 de 43 / Publicada: 12/09/2024

    Si una contratada incluida en el grupo finaliza su contrato el diciembre de 2025, puede ser contratada para la anualidad siguiente con cargo al propio proyecto?

     

    Respuesta:

    No habría problema. La contratación de personal la lleva a cabo la entidad beneficiaria de acuerdo a su procedimiento habitual. Esta ayuda cubre los salarios y cuotas de la Seguridad Social derivados de la contratación de personal investigador y/o personal técnico de acuerdo con la normativa laboral vigente conforme al apartado 3 del resuelvo decimotercero de esta convocatoria, así como el importe de la liquidación final cuando el contrato haya sido financiado íntegramente con cargo a estas ayudas.


    Pregunta: 5 de 43 / Publicada: 12/09/2024

    Con relación a la justificación de Convenios/Contratos, con frecuencia, los contenidos de los documentos son objeto de confidencialidad, al contener datos sensibles.  ¿Cómo se podría obviar el tener que enviar el documento completo? ¿Valdría una certificación de la entidad?

    Respuesta:

    Será válida una certificación de la entidad en la que consten todos los datos solicitados referentes a cada contrato/convenio.


    Pregunta: 6 de 43 / Publicada: 12/09/2024

    Con relación a la justificación de la participación y la responsabilidad de un investigador en Proyectos Europeos (H2020, HE, etc) en los que no existe la figura del investigador responsable para los diferentes miembros del consorcio, y únicamente se considera la figura de "coordinador" de proyecto (asociado a una entidad):
    o    ¿es válida la certificación del representante legal de la entidad de esa participación y de la responsabilidad del investigador?
    o    ¿podría aplicarse lo mismo a otros proyectos, de forma que en una única certificación, figuraran todos los datos que se presentan como mérito?

    Respuesta:

    Será válido cualquier documento que certifique la realización o vigencia del proyecto y detalle la información solicitada en los documentos (referencia, IP, fecha inicio, fecha fin, cuantía de la subvención…). Tal y como aparece entre las aclaraciones en el formulario, en el caso de proyectos internacionales, se considerará persona responsable si es el responsable de uno de los paquetes de trabajo con tareas y presupuesto asignados. 


    Pregunta: 7 de 43 / Publicada: 11/09/2024

    En el documento Memoria de Trayectoria, en el apartado 3 de Producción Científica, se piden al menos 10 publicaciones desde 01/01/2020. Tenemos muchas más conjuntas como grupo, unas 60, ¿las 60 publicaciones las debemos incluir en este documento Memoria de Trayectoria o en el documento Memoria de Propuesta de Actividades?. 

    Respuesta:

    Tal y como aparece en el apartado de Producción correspondiente se deben cumplimentar los cuadros que correspondan para acreditar la producción mínima requerida en función de la modalidad (GIE/GIC), realizada por los miembros doctores del grupo de investigación entre 1 enero de 2020 y el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes. En el caso de GIC son 10 publicaciones conjuntas posteriores al 01/01/2020.


    Pregunta: 8 de 43 / Publicada: 11/09/2024

    En la página 3 de este documento, hay una casilla para poner Fecha de inicio de las actividades conjuntas. Esa casilla va ligada a los 5 méritos que se deben incluir en esa sección (proyectos, publicaciones, etc.). Dudamos sobre si en esa casilla de fecha debemos poner una fecha anterior al 01/01/2024, por ejemplo 01/04/2018, o posterior, como por ejemplo 01/05/2024, o exactamente siempre 01/01/2024. Como grupo consolidado, tenemos un GRUPIN previo, otros proyectos conjuntos previos a 2020, multitud de publicaciones previas a 2020, etc. En resumen, no sabemos qué fecha poner como grupo consolidado en esa casilla, ni si las 5 aportaciones pueden ser, en alguno de los casos, publicaciones de 2018 o 2019, que entrarían en conflicto con los requerimientos generales del resto de impresos, donde siempre se piden aportaciones posteriores al 01/01/2024. 

    Respuesta:

    En relación con el documento Memoria de trayectoria y méritos gel grupo de investigación. Por un lado hay que demostrar la trayectoria conjunta del grupo y por otro, demostrar que se cumplen los requisitos de la convocatoria.  Con relación a la fecha, la fecha de inicio de las actividades conjuntas es la fecha de creación del grupo, fecha en la que el grupo inicia su actividad de investigación. En el caso de los GIC siempre será anterior a 01/01/2020. Para certificar esta trayectoria conjunta se necesitan 5 acciones científicas (publicaciones, proyectos o contratos) llevadas a cabo por al menos 2 miembros del grupo a lo largo de los años de vida de ese grupo de investigación. Por tanto, aquí pueden ser publicaciones anteriores al 01/01/2020. A continuación, en este mismo documento se debe justificar el cumplimiento de los requisitos de la convocatoria en cuanto a la actividad investigadora, esto es cumplir 2 de los méritos de los 5 propuestos en la convocatoria, producción científica y formación. Esta justificación se hace en base a méritos y producción científica posterior a 01/01/2020.


    Pregunta: 9 de 43 / Publicada: 11/09/2024

    Una de las doctoras de nuestro grupo está contratada con cargo a una empresa de base tecnológica asturiana. ¿Es elegible para el cómputo de doctores del grupo de investigación consolidado, aun siendo de una empresa privada, en lugar de una institución pública?.

    Respuesta:

    En este caso, al ser la EBT una entidad privada y por tanto entidad no beneficiaria en esta convocatoria, la persona vinculada a la misma no computa como miembro del grupo de investigación.


    Pregunta: 10 de 43 / Publicada: 11/09/2024

    ¿ Va a existir flexibilidad a la hora de justificar o de poder mover dinero de unas partidas a otras como ocurre con otras ayudas?

    Respuesta:

    La flexibilidad se refiere a la hora de ejecutar el gasto. En relación con las partidas, tal y como aparece en la convocatoria en el resuelvo decimotercero, punto 3, “No se admitirán modificaciones de los gastos de personal aprobados.” Si no se ejecutan todos los gastos de personal en 2025 pueden ejecutarse en 2026, pero siempre para personal.


    Pregunta: 11 de 43 / Publicada: 11/09/2024

    Un estudiante predoctoral con financiación del gobierno de un país extranjero, desde el 1 de octubre del 2023 hasta el 30 de septiembre de 2027, para desarrollar los estudios predoctorales en la Universidad de Oviedo y además está matriculado en el programa de doctorado de la Universidad de Oviedo, ¿se puede considerar miembro del grupo de investigación?

    Respuesta:

    Entendemos que, en este caso, la vinculación laboral del estudiante es con el gobierno del país extranjero. En este caso tendría que cumplir el requisito de desarrollar una tarea estable y continua en el grupo y adjuntar la declaración firmada por el representante legal de su entidad autorizando su participación y cumplimiento del requisito de vinculación.


    Pregunta: 12 de 43 / Publicada: 11/09/2024

    En la memoria de propuesta de actividades y objetivos para el grupo de investigación, dentro del apartado producción científica, el grupo debe seleccionar como máximo las 15 publicaciones más destacadas. La pregunta es: ¿en cada una de estas publicaciones deben participar al menos dos miembros del grupo como autores o este requisito es únicamente para las publicaciones presentadas en la memoria de trayectoria y méritos del grupo de investigación para catalogarla como acción conjunta. ?

    Respuesta:

    Esta convocatoria en todo momento se refiere a producción científica, como actividad conjunta, del grupo de investigación y por tanto tiene que estar firmada por al menos, dos miembros del grupo.


    Pregunta: 13 de 43 / Publicada: 11/09/2024

    Uno de los posibles méritos acreditativos de la actividad de investigación es el siguiente:
    "Que pertenezca al grupo de investigación como miembro, un investigador de los programas Ramón y Cajal, Juan de la Cierva, Marie Sklodowska-Curie, Margarita Salas o similares." 
    ¿Se consideran como similares las Ayudas Predoctorales Severo Ochoa del Principado de Asturias y/o las FPU? En ese caso, si algún miembro disfrutó de alguna de esas ayudas antes del 1 de enero de 2020, ¿se considera cumplido ese requisito?

    Respuesta:

    El mérito citado se refiere a convocatorias de recursos humanos en las que uno de los requisitos para concurrir es tener el título de Doctor por lo que las becas Severo Ochoa predoctorales y FPU no son consideradas similares a efectos de esta convocatoria.


    Pregunta: 14 de 43 / Publicada: 11/09/2024

    En cuanto a los requisitos de Grupos de Investigación Emergentes, ¿si hay dos miembros del grupo que hayan tenido alguna publicación conjunta previa al 1 de enero de 2020 ya no podrían presentarse en el mismo grupo como GIE?

    Respuesta:

    Si han iniciado su actividad conjunta no entraría en la definición de GIE de esta convocatoria.


    Pregunta: 15 de 43 / Publicada: 11/09/2024

    ¿ Puede haber algún miembro/s del equipo de investigación que pertenezca a una entidad radicada fuera del Principado de Asturias?.
    ¿Se puede contar con personal con contrato/ vinculación con una entidad de investigación pública que esté ubicada fuera del Principado de Asturias? 

     

    Respuesta:

    En el grupo de investigación puede haber miembros vinculados a una entidad pública distinta de la solicitante, no siendo necesariamente asturiana, solo si se acredita que desarrollan una tarea estable y continua en el grupo. Además, deberá existir una declaración firmada por la persona que ostente la representación legal de su entidad, en la que se le autorice a participar como miembro del grupo de investigación y se certifique el requisito de vinculación.


    Pregunta: 16 de 43 / Publicada: 11/09/2024

    Nuestro grupo esta formado por 12 personas de de la misma entidad y 3 personas de otras entidades similareas. El grupo ha funcionado junto desde 2011. Esta ayuda que pedimos ¿también permite incluir los gastos de  estas tres personas ajenas a la entidad solicitante pero que si son del grupo?

    Respuesta:

    Tal y como aparece también  en el resuelvo decimotercero , punto 3, “Solo serán subvencionables los gastos que se hayan realizado en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2025 y el 31 de diciembre de 2026, hayan sido efectivamente pagados por la entidad beneficiaria con anterioridad a la finalización de los periodos de justificación determinados en el resuelvo decimonoveno apartado 4 de esta convocatoria y estén debidamente contabilizados.”


    Pregunta: 17 de 43 / Publicada: 11/09/2024

    Queremos plantear un contrato de asistente de investigación, un graduado no doctor. ¿cuanto dinero debemos asignar al año?

    Respuesta:

    Este año la convocatoria tendrá una mayor flexibilidad de modo que el dinero de cada partida puede ejecutarse en el período de la ayuda sin estar limitado a anualidades, pero tal y como aparece en el resuelvo decimotercero, punto 3 de la convocatoria, “No se admitirán modificaciones de los gastos de personal aprobados.” Esto es, no se pueden mover fondos entre partidas. Esta limitación es debida a que los costes indirectos van relacionados con los costes directos de personal.


    Pregunta: 18 de 43 / Publicada: 11/09/2024

    ¿ La entidad solicitante debe estar inscrita obligatoriamente en el registro RECOCAD?.  De no ser así, ¿sería suficiente aportar la siguiente documentación para acreditar la representación legal de la persona firmante de la solicitud?

    1. Nombramiento de la persona firmante como director de la entidad.
    2. Estatutos fundacionales y RD de integración de la entidad como Centro Nacional en el CSIC
    3. Tarjeta de Identificación Fiscal
    4. Documento Nacional de Identidad de la persona que ostenta la RL de la entidad solicitante

    .

    Respuesta:

    No es obligatorio estar registrado en REDOCAD.  La documentación que menciona para acreditar la representación legal de la entidad es correcta y suficiente.

     


    Pregunta: 19 de 43 / Publicada: 11/09/2024

    Tengo un par de dudas con respecto a la memoria de propuestas de actividades y objetivos (documento 5).
    En el apartado 4, dice una extensión máxima de 15 páginas, ¿se refiere a todo el documento o 15 páginas disponibles para sólo el apartado 4?
    La otra duda es si los 10 artículos expuestos en la memoria de la trayectoria del grupo de investigación (documento 4) se pueden repetir este otro documento.

     

    Respuesta:

    La limitación de extensión a 15 páginas se refiere "objetivos del grupo de investigación" no a todo el documento.

    Las 10 publicaciones pueden repetirse en un documento y otro. El documento que certifica la trayectoria y los méritos del grupo es para comprobar elegibilidad, categoría, número de doctores y ámbito S3 del grupo. El documento de memoria y objetivos es el que se enviará para la evaluación externa.


    Pregunta: 20 de 43 / Publicada: 04/09/2024

    Los investigadores que están contratados bajo el régimen jurídico del artículo 80.2 no tienen una fecha de fin concreta dado que están contratados con el objetivo de cubrir temporalmente un puesto de trabajo hasta que finalice el proceso de selección para su cobertura definitiva, el caso es que dichos investigadores no pueden hacer constar en el campo el destinado al efecto en el anexo 12.3 una fecha concreta. Nos gustaría saber en estos casos cómo proceder. 

    Respuesta:

    Este caso sería asimilable al de personas beneficiarias de convocatorias de ayudas públicas para la contratación de recursos humanos para I+D+i en concurrencia competitiva, plurianuales y renovables con carácter anual (no existe fecha de finalización fijada a priori), en cuyo caso se considerará que la vinculación se extiende hasta el periodo máximo posible a renovar. En el caso concreto propuesto, la vinculación se extenderá hasta el plazo máximo establecido para la finalización del proceso de selección para su cobertura definitiva.

     


    Pregunta: 21 de 43 / Publicada: 04/09/2024

    Nos hemos percatado que en el documento a aportar: "12.3_Memoria_de_trayectoria_y_mienbros_GRU_2024.docx” a pesar de que en las instrucciones de cumplimentación se indica claramente: “2.5. Comunicaciones en congresos científicos • Certificado de la entidad organizadora que incluya la denominación del congreso, lugar y fecha de celebración, nombre del investigador que realizó la presentación de la comunicación y el título de la misma.” En el cuerpo del documento no hay un apartado para Comunicaciones en Congresos. Dado que hay un apartado para todos los demás puntos incluidos en las instrucciones, y teniendo en cuenta que no tendría sentido no reflejar ese apartado, no tenemos claro si es un error en la plantilla y nos gustaría poder aclarar este punto a los investigadores.

    Respuesta:

    El documento “Memoria de trayectoria y méritos del grupo de investigación” es el documento que permitirá comprobar la trayectoria conjunta del grupo de investigación, así como la actividad investigadora del mismo desde el 01/01/2020 a fecha de cierre de la solicitud. La participación en congresos científicos en este documento no es necesaria ya que debería quedar suficientemente demostrada esta trayectoria. La contribución a congresos sí debe incluirse en el documento “Memoria de propuesta de actividades y objetivos del grupo de investigación”, ya que la evaluación de la solicitud se basará en la información contenida en esta memoria.


    Pregunta: 22 de 43 / Publicada: 04/09/2024

    En el apartado 7.2 de la convocatoria, concretamente en lo referente al punto d) referido al requisito de la Producción, se establece que “…dos de los miembros doctores del grupo de investigación deberán haber publicado conjuntamente al menos…”, ¿se refiere a que el los 10 artículos/libros/capítulos deberán estar los dos doctores miembros conjuntamente o que en total deberán sumar esas cantidades?

    Respuesta:

    Deben tener 10 artículos/capítulos de libros o ambos, firmados conjuntamente por dos doctores miembros del grupo, pero no necesariamente tienen que firmar siempre esos dos mismos doctores. 


    Pregunta: 23 de 43 / Publicada: 04/09/2024

    En la convocatoria se indica que entre los miembros del grupo de investigación, se tengan en activo o bien registradas, al menos, dos patentes. 
    Si se cuenta con patentes que están registradas y concedidas, pero no se ha renovado su propiedad (se concedieron hace más de 10 años), ¿se entendería como cumplido ese mérito?

    Respuesta:

    Las patentes una vez concedidas requieren el pago de anualidades para su mantenimiento. En caso contrario, vencido el plazo de gracia (6 meses), las patentes caducan de pleno derecho y pasan a dominio público, dejando de pertenecer a los autores y por tanto al grupo de investigación.


    Pregunta: 24 de 43 / Publicada: 29/08/2024

    Para los requisitos de actividad investigadora, ¿sería suficiente con que un proyecto esté activo en algun momento entre el 01/01/2020 y el fin de periodo de solicitudes, o necesariamente deberá estar activo con fecha 20/09/2024?

    Respuesta:

    Para cumplir con los requisitos relativos a la actividad de investigación del grupo, el mérito relativo a los proyectos de investigación es que algún miembro del grupo sea o haya sido IP de un proyecto de investigación de programas competitivos nacionales o internacionales en el periodo comprendido ente de 01/01/2020 – 20/09/2024, independientemente de que el proyecto haya finalizado o continue activo.


    Pregunta: 25 de 43 / Publicada: 28/08/2024

    A efectos de considerar los requisitos de composición de grupo (GIC), dentro del siguiente requisito:  "Que el grupo de investigación haya conseguido dos proyectos de investigación otorgados en el marco de programas competitivos convocados por organismos nacionales o internacionales, en los que el investigador responsable sea miembro del grupo". ¿Podría considerarse un proyecto de I+D+I en Salud de la convocatoria Acción Estratégica en Salud 2024, que convoca el Instituto de Salud Carlos III. que se encuentra aprobado en resolución provisional de concesión por parte de un financiador público nacional?

    Respuesta:

    En este caso se trata de una propuesta de resolución provisional en la que hay que esperar a que se eleve a definitiva para que el proyecto sea concedido (artículos 10 y 11 de la convocatoria).


    Pregunta: 26 de 43 / Publicada: 27/08/2024

    un registro de entrada en fases nacionales de una solicitud PCT de una patente en trámite, por ejemplo la entrada en fase Europa y en EEUU, ¿ es valorado para esta convocatoria?.

    Respuesta:

    Las patentes, independientemente de que sean nacionales o internacionales, deben estar registradas y CONCEDIDAS. La mera solicitud de una patente no será valorada.


    Pregunta: 27 de 43 / Publicada: 27/08/2024

    ¿ Podrían participar como miembros del grupo doctores que trabajan en empresas y que cumplan el resto de requisitos que se recogen en la convocatoria?

    Respuesta:

    La referencia de investigadores vinculados a una entidad distinta, se refiere a una entidad de las que pueden ser beneficiarias, y no sería el caso de las empresas o spin-off.


    Pregunta: 28 de 43 / Publicada: 27/08/2024

    Según el artículo 12.5 de la convocatoria, para los miembros del grupo solicitado que no estén vinculados a la entidad solicitante “deberá existir una declaración firmada por la persona que ostente la representación legal de su entidad, en la que se le autorice a participar como miembro del grupo de investigación y se certifique el requisito de vinculación”. ¿sería necesario aportar autorización para todos los miembros del equipo que no estén vinculados laboralmente con la entidad solicitante?

    Respuesta:

    Tal y como indica el resuelvo 5 en su punto 2, “Las Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas vinculadas o concertadas con el Sistema nacional de Salud, o participadas por la Administración Pública, que desarrollen actividad investigadora podrán presentar solicitudes para grupos de investigación formados por investigadores vinculados a alguna de las INSTITUCIONES PÚBLICAS  firmantes de su convenio de constitución.” 


    Pregunta: 29 de 43 / Publicada: 26/08/2024

    ¿Hay extensiones por maternidad o paternidad para la categoría de grupos emergentes menores de 40 años?

    Respuesta:

    Los requisitos para los grupos de investigación emergentes (GIE) se aplican al grupo de investigación y no al investigador responsable (IP) o un miembro del grupo en concreto. El único requisito que debe cumplir el IP es que su edad sea inferior a 40 años, así como la edad media de todos los miembros del grupo de investigación.


    Pregunta: 30 de 43 / Publicada: 22/08/2024

    Inclusión en áreas priorizadas (S3):

    El hecho de que “la especialización del grupo” esté “directamente relacionada” con alguna de las Áreas S3 del Anexo I puede añadir 10 puntos (si se trata de las áreas con asterisco) o 5 puntos (si es un área que no tiene asterisco). Los proyectos relacionados con las áreas S3 están, por tanto, priorizados. En relación con ello tenemos las siguientes preguntas:

    2.1. Entendemos, salvo que se nos diga lo contrario, que todas las solicitudes compiten entre sí, sin que existan “cuotas” para las categorías 1 y 2 o para proyectos incluidos y no incluidos en las áreas S3.

    2.2. A efectos de la inclusión -o no- de una solicitud en un área priorizada, ¿se tiene en cuenta la “especialización del grupo”, que tiene que manifestarse en actividades anteriores, o sólo el tema que se propone para la investigación futura, tal como se desarrolla en la memoria de la solicitud?

    2.3. Nos planteamos si la investigación sobre el impacto de la IA en el Derecho y, en nuestro caso particular, en su impacto sobre las administraciones públicas, encaja en el apartado 6.1 "Tecnologías estratégicas-Inteligencia artificial" o si se va a hacer una interpretación estricta que solo admita proyectos relacionados pura y simplemente con la tecnología en sí (lo que de nuevo excluiría a muchas áreas de conocimiento).   Además, entre las áreas de investigación que se incluyen en el apartado 6.1 se mencionan los "sistemas inteligentes de predicción", que en la actualidad empiezan a ser utilizados para la toma de decisiones administrativas, y que plantean retos jurídicos muy importantes como prueba la reciente aprobación del Reglamento europeo de IA. 

    Lo mismo puede decirse a propósito de otras áreas, como la de “despliegue de renovables y almacenamiento energético”. ¿Se incluye también su vertiente jurídica?

    Respuesta:

    Las distintas ramas del conocimiento pueden abordar una misma temática desde diferentes perspectivas, lo que se tendrá en cuenta a la hora de evaluar la inclusión de la especialización del grupo en un área priorizada. Para validar la especialización del grupo se tendrá en cuenta tanto la trayectoria del grupo como los objetivos propuestos para el período de la ayuda. Por último señalar que no existen “cuotas”  para las categorías 1 y 2 o para proyectos incluidos y no incluidos en las áreas S3.


    Pregunta: 31 de 43 / Publicada: 22/08/2024

    Interpretación del requisito de las publicaciones conjuntas de varios miembros del grupo

    Respuesta:

    Se admitirán como publicación conjunta de varios miembros del equipo los capítulos de libro cuyo autor sea un solo miembro del equipo, si se publica en una obra colectiva dirigida o coordinada por otro miembro del equipo, y también las obras colectivas dirigidas o coordinadas por varios miembros.


    Pregunta: 32 de 43 / Publicada: 22/08/2024

    Respecto a la dirección de tesis, ¿ la dirección por parte de un miembro del grupo de una Tesis Doctoral en una Universidad fuera de España puede contarse como una de las dos tesis que se indican para cumplir este requisito?

    Respuesta:

    Si el doctor miembro del grupo de investigación es director de la Tesis y puede acreditarlo, es independiente de la universidad en que se realice esa Tesis.


    Pregunta: 33 de 43 / Publicada: 22/08/2024

    Con respecto a la producción de dos de los miembros doctores, ¿Es válida cualquier combinación de dos miembros doctores del grupo?, ¿Deben ser todas las publicaciones de las mismas dos personas?.

    Respuesta:

    Las publicaciones firmadas por dos doctores del grupo, pero no necesariamente siempre los mismos doctores.


    Pregunta: 34 de 43 / Publicada: 22/08/2024

    ¿Se valoran los sexenios de transferencia como mérito?

    Respuesta:

    Sí. Los sexenios de transferencia son tramos de investigación válidos conforme a esta convocatoria.


    Pregunta: 35 de 43 / Publicada: 22/08/2024

    En los requisitos de "producción" se pide que haya publicaciones conjuntas de miembros del grupo. ¿Se consideran publicaciones conjuntas aquellas donde uno de los miembros ha realizado el prólogo de la monografía de otro investigador del Grupo?

    Respuesta:

    Puede considerarse publicación conjunta.


    Pregunta: 36 de 43 / Publicada: 22/08/2024

    En los requisitos de "actividad de investigación", uno de los posibles méritos es que uno de los miembros esté en un programa Ramon y Cajal o similares. En el caso de un contratado Margarita Salas con duración del contrato entre el 01/01/2023 y el 31/12/2024 ¿se consideraría como cumplido ese mérito? ¿Hasta cuándo debe estar vigente el contrato para considerarlo así?

    Respuesta:

    Un contrato Margarita Salas es válido. Los requisitos de la actividad investigadora deben acreditarse, bien durante el período que va desde el 1 de enero de 2020 hasta el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes (en este caso 20 de septiembre), o bien estar vigentes (con independencia de cuando se han conseguido).

    Con respecto a la composición del grupo, el personal investigador pre/posdoctoral podrá figurar como miembro del grupo durante el periodo que acredite tener una vinculación mediante nombramiento o contrato con la entidad solicitante.

    Los requisitos de la actividad investigadora se refieren al periodo de solicitud. Bien han finalizado después del 1 de enero de 2020 y hasta el plazo de finalización de solicitud, o bien están vigentes durante el plazo de solicitud, por no haber finalizado e independientemente de cuando finalicen.


    Pregunta: 37 de 43 / Publicada: 22/08/2024

    En el Anexo 4, donde se incluyen los requisitos, se indica que es necesario aportar la documentación que lo acredite, pero no se indica para el anexo 5 sobre los méritos. ¿es correcto?

    Respuesta:

    En el resuelvo Séptimo de la convocatoria (contenido de las solicitudes) y en el Anexo B (solicitud) de la misma se indica expresamente que es necesario presentar el documento de Memoria de trayectoria y méritos del grupo de investigación, junto con toda la documentación acreditativa, así como el documento Memoria de propuesta de actividades y objetivos para el grupo de investigación, junto con toda la documentación acreditativa.


    Pregunta: 38 de 43 / Publicada: 22/08/2024

    Si bien es posible figurar como colaborador externo si no se está contratado por alguna entidad vinculada a la solicitante ¿computaría ese colaborador de cara a los méritos?

    Respuesta:

    Computaría como un miembro más del grupo de investigación. Es importante acreditar que desarrollan una tarea estable y continua en el grupo. Además, deberá existir una declaración firmada por la persona que ostente la representación legal de su entidad, en la que se le autorice a participar como miembro del grupo de investigación y se certifique el requisito de vinculación.


    Pregunta: 39 de 43 / Publicada: 22/08/2024

    En los artículos se solicita el índice de impacto (SCI/SSCI). Confirmar si en este sentido se puede utilizar el Journal Impact Factor de lo publicado en el JCR en el año de referencia

    Respuesta:

    El Journal Impact Factor publicado en el JCR es un indicador válido


    Pregunta: 40 de 43 / Publicada: 22/08/2024

    En la parte de producción, se solicitan artículos publicados conjuntamente por dos miembros del grupo, ¿todas las publicaciones deberán ser de esos dos miembros, o sería suficiente con publicaciones (5 o 10) donde aparezcan, al menos, dos de sus miembros?

    Respuesta:

    En cada una de las aportaciones presentadas deben figurar al menos dos miembros del grupo de investigación. No es necesario que sean siempre los mismos miembros del grupo.

     


    Pregunta: 41 de 43 / Publicada: 22/08/2024

    En la captación de recursos se tiene en cuenta la financiación obtenida desde el 1 de enero de 2020, ¿se tendrán en cuenta los proyecto que se encuentren activos, aunque se hayan concedido en fecha anterior? Por ejemplo, proyecto nacional concedido en 2019 que comienza su ejecución en enero de 2020.

    Respuesta:

    Si son proyectos activos serán computados como financiación obtenida a efectos de esta convocatoria.


    Pregunta: 42 de 43 / Publicada: 22/08/2024

    Para los méritos a incluir en la memoria de actividades, en el punto 3 “Comunicaciones”, ¿las comunicaciones orales estarían también incluidas como ponencias?

    Respuesta:

    Como “comunicaciones a congresos científicos” se entiende: Ponencias invitadas, comunicaciones orales y póster.


    Pregunta: 43 de 43 / Publicada: 19/08/2024

    ¿Hay extensiones por maternidad o paternidad para la categoría de grupos emergentes menores de 40 años? 

    Respuesta:

    Los requisitos para los grupos de investigación emergentes (GIE) se aplican al grupo de investigación y no al investigador responsable (IP) o un miembro del grupo en concreto. El único requisito que debe cumplir el IP es que su edad sea inferior a 40 años, así como la edad media de todos los miembros del grupo de investigación.