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TRILOGO

Convocatoria

Ayudas a empresas y centros de investigación para el fomento de la internacionalización de la I+D+i

Plazo

Desde el día hábil siguiente al de publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias hasta el 30 de septiembre de 2021

Finalidad

Obtener ayudas económicas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a empresas y centros de investigación del Principado de Asturias, para el fomento de la internacionalización de la I+D+i, para las actuaciones realizadas en el año 2021 en la modalidad A de las bases reguladoras de estas ayudas: Actividades preparatorias para la elaboración de solicitudes a programas internacionales de I+D+i

Cuantía

-

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de las ayudas, en función de la modalidad en que participen, las siguientes personas jurídicas:

Actividades de participación: Las siguientes entidades que tengan un establecimiento productivo en el Principado de Asturias y que participen como socio o coordinador en una propuesta presentada a un programa internacional de financiación de proyectos de I+d+i:
1. Organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
2. Universidades públicas, sus departamentos e institutos universitarios, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, creado por el Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
3. Otros centros públicos de I+D: organismos públicos y centros con personalidad jurídica propia dependientes o vinculados a la Administración General del Estado, y los dependientes o vinculados a las administraciones públicas territoriales y sus organismos, o participados mayoritariamente por el sector público, cualquiera que sea su forma jurídica.
4. Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas vinculadas o concertadas con el Sistema nacional de Salud, o participadas por la Administración Pública, que desarrollen actividad investigadora.
5. Entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen y/o gestionen actividades de I+D, generen conocimiento científico o tecnológico, faciliten su aplicación y transferencia o proporcionen servicios de apoyo a la innovación a las empresas.
6. Empresas.
7. Agrupaciones o asociaciones empresariales que realicen entre sus actividades proyectos y actuaciones de I+D+i.
8. Uniones temporales de empresas (UTE).
9. Centros Tecnológicos y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal, que estén inscritos en el registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales Centros, en la fecha de presentación de la solicitud y mantengan esta condición durante todo el período de la actividad subvencionada.

Actividades de consultoría: Las siguientes entidades que tengan una trayectoria demostrada en asesoría y participación en proyectos de I+D+i financiados a través de programas internacionales y que ofrezcan servicios de consultoría especializada para incorporar en programas internacionales de financiación de proyectos I+D+i a las entidades del apartado anterior (actividades de participación):

1. Empresas.

2. Centros Tecnológicos y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal, que estén inscritos en el registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales Centros, en la fecha de presentación de la solicitud y mantengan esta condición durante todo el período de la actividad subvencionada.

Presentación

Las solicitudes deberán presentarse electrónicamente en la sede electrónica del Principado de Asturias: https://sede.asturias.es. (Código de ficha de servicio nº AYUD0244T01).

Asimismo, podrá utilizarse para su presentación el Registro Electrónico General de la Administración General del Estado: https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do

Estado
Convocatoria cerrada y en ejecución

Resolución de concesión.

Boletín Nº 243 del martes 21 de diciembre de 2021

  • 1- Bases Reguladoras - Boletín Nº 153 del jueves 8-8-2019 - Boletín Nº 153 del jueves 8-8-2019
  • 2.- Primera modificiación Bases Reguladoras - Boletín Nº 136 del miércoles 15 de julio de 2020
  • 3.- Extracto de la convocatoria - Boletín Nº 173 del martes 07 de septiembre de 2021
  • 4.- Convocatoria - Boletín Nº 173 del martes 07 de septiembre de 2021
  • 5.- Resolución de concesión. - Boletín Nº 243 del martes 21 de diciembre de 2021
  • En estos momentos, no hay ningún documento publicado

    • La solicitud va a nombre de nuestra empresa como entidad solicitante (modalidad B) pero entendemos que tiene que firmarlo la entidad asesorada. ¿Es correcto?

    • - Al presentar la solicitud por registro electrónico se requiere la firma electrónica del solicitante, por lo que no será preciso la firma de la entidad asesorada. Esta vinculación se solicitará en el período de justificación de ayudas mediante una declaración de asesoramiento cuyo modelo facilitaremos a las entidades que resulten beneficiarias de la ayuda.

    • ¿Cuáles son los ámbitos de la Estratagia S3?

      • 1. Agroalimentación
      • 2. Energía
      • 3. Industria inteligente, verde, sostenible y resilientes
      • 4. Economia del dato
      • 5. Envejecimiento activo y saludable
      • 6. Patrimonio natural, cultural e histórico artístico "
    • Si quiero solicitar los gastos de subcontratación de una consultora, ¿selecciono la Modalidad A o la Modalidad B?, ¿cómo se indica el presupuesto en este caso?

    • En este caso debe seleccionarse la Modalidad A y solicitarse el reembolso de los costes de subcontratación. El importe solicitado no puede superar el 75% del coste total. Por otra parte, la Modalidad B se reserva para las consultoras que quieren solicitar la compensación de los gastos de personal tras haber sido contratadas por una entidad asturiana para la redacción de la propuesta internacional. En este caso no habría un porcentaje máximo elegible del coste total como en el caso de los gastos de subcontratación.

    • ¿Se puede solicitar una ayuda para una propuesta internacional no perteneciente a uno de los programas listados como elegibles en el apartado 3.1 de la convocatoria?

    • Sí, la convocatoria contempla también “otros programas internacionales que la Comisión de selección regional considere como elegibles según sus características”.

    • ¿Se puede solicitar una ayuda para una propuesta internacional que se prevea presentar después de la fecha de cierre de la convocatoria regional (30 de septiembre)?

    • Sí, cualquier propuesta internacional presentada (o que se prevea presentar) durante 2021 es elegible. Al no poder presentar la propuesta y el justificante de presentación en el momento de la solicitud de la ayuda regional, se pedirá al beneficiario en el momento de la justificación.